El impuesto de las bolsas de plástico en 10 preguntas

Los residuos generados por el consumo de plástico en general y de bolsas de plástico en particular, son un problema que afecta seriamente a nuestro planeta y que no hace más que ir en aumento. Según datos de Greenpeace, actualmente, 12 millones de toneladas de basura llegan a los mares y océanos cada año.

La reducción del consumo de plástico está en la agenda española y el Consejo de Ministros ha aprobado recientemente un Real Decreto que prohíbe suministrar bolsas de plástico de manera gratuita, desde el 1 de julio de 2018. Desde esta fecha, los establecimientos deben cobrar por ellas para reducir su uso.

La Normativa ha sido aprobada para adaptarse a la directiva europea, que tiene como objetivo último eliminar las bolsas de plástico para el 2021. Esta directiva de la Unión Europea fue aprobada en 2015 y gira en torno a las bolsas ligeras, de menos de 50 micras (0,05 milímetros), que suelen ser las bolsas que generan más residuos.

Para que sea más sencillo de entender, a continuación explicamos en 10 preguntas (con respuesta) lo que debes saber
sobre la Normativa que obliga a pagar las bolsas de plástico:

1: ¿En qué consiste el impuesto de las bolsas de plástico?

El impuesto es una tasa que busca desincentivar el consumo de las bolsas elaboradas con plástico, ya que se considera que su asimilación por parte del medio ambiente es excesivamente lenta.

2: ¿Cuándo se aplicará el impuesto?

El impuesto ha comenzado a aplicarse el 1 de Julio de 2018, las bolsas ya se deben cobrar (a excepción de las muy ligeras y las gruesas recicladas).

A partir del 2020 las bolsas gruesas deben estar compuestas al menos un 50% de plástico reciclado y se prohíben las de plástico fragmentable.

A partir del 2021 se prohíben las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras, salvo las compostables.

3: ¿Cuál es el objetivo de esta nueva normativa?

• El primer objetivo es la reducción del consumo de las bolsas plásticas hasta menos de 90 bolsas de plástico ligeras por persona al año con fecha tope de 31 de diciembre de 2019, que pasarían a ser 40 bolsas por persona al año en diciembre de 2025.

• El segundo objetivo está ligado a las bolsas de mayor grosor (más de 50 micras), cuyo consumo se prevé bajar en un 30% respecto a su utilización en 2016.

• Como tercer y último objetivo, la ley exige un nuevo marcado de bolsas para ofrecer instrucciones de reciclaje y también recopilar información sobre la efectividad de la medida.

4: ¿Qué bolsas no están sujetas al impuesto?

Son las siguientes:

• Aquellas que no estén elaboradas con material plástico (polietileno) de un solo uso y se consideren biodegradables. Por ejemplo no están sujetas al impuesto las elaboradas con fécula de maíz.

• Aquellas que estando elaboradas con material plástico (polietileno) se consideran reutilizables. Para ello deben medir 50×60 cm. y permitir ser reutilizadas 15 veces.

• Aquellas que se suministren por los establecimientos. Generalmente pescaderías, carnicerías, fruterías y panaderías.

5: ¿Qué bolsas sí están sujetas al impuesto?

El impuesto trata de desincentivar la demanda de bolsas de plástico por parte del consumidor final, así que el impuesto está aplicado a dicho consumidor, por lo que es éste el que tiene que pagar el impuesto y el establecimiento está obligado a cobrar las mismas.

6: ¿Quién paga el impuesto de las bolsas de plástico?

En el momento en que la Normativa entre en vigor, todas las bolsas que están sujetas al impuesto deben ser cobradas al consumidor.

7: ¿Cuánto tiene que pagar el cliente?

El precio cambia según el tipo de bolsa y su espesor. Los precios mínimos de las bolsas de plástico compostables son:

• 5 céntimos por bolsas de espesor inferior a 15 micras. Estas bolsas podrán ofrecerse gratuitamente, pero para ello deben utilizarse por cuestiones higiénicas y/o para alimentos a granel.

• 5 céntimos por bolsas de espesor entre 15 y 29 micras.

• 10 céntimos por bolsas de espesor igual o superior a 30 micras.

Por otra parte, los precios mínimos de las bolsas de plástico oxobiodegradables son:

• 10 céntimos por bolsas de espesor inferior a 15 micras, siempre que no sea por cuestiones higiénicas y/o para alimentos a granel.

• 10 céntimos por bolsas de espesor entre 15 y 29 micras.

 15 céntimos por bolsas de espesor igual o superior a 30 micras.

Por otra parte, los precios mínimos de las bolsas de plástico oxodegradables son:

• 30 céntimos por bolsas de espesor igual o superior a 50 micras.

8: ¿Qué pasa con las bolsas que tengo y están sujetas al impuesto?

En el momento en que la Normativa entre en vigor, todas las bolsas que están sujetas al impuesto deben ser cobradas al consumidor.

9: ¿Cómo se deja constancia del cobro de las bolsas?

A través del ticket de compra o factura, donde se deberá reflejar el cobro de las bolsas sujetas al impuesto.

10: ¿Cómo se justifica el cobro de las bolsas?

Trimestralmente, a través del modelo 751 (además del modelo 752 anual) se tendrá que ingresar el importe total cobrado al cliente. Además se especificará relación numérica de todas las facturas emitidas donde se justifique dicho importe.

En D·SIGN, como estudio de Diseño & Publicidad, nos hemos visto afectados por esta nueva Normativa ¿Y a ti, te afecta la Normativa sobre bolsas de plástico? ¿Piensas que será efectiva o es sólo una medida más para recaudar fondos? ¿Estás barajando otras opciones para tu tienda? Llámanos para asesorarte y buscar las mejores alternativas en bolsas para empresas.

Y no olvides dejarnos tu opinión al respecto en los comentarios. 🙂

Qué es el RGPD (reglamento general de protección de datos)

El RGPD (Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea) es una normativa que acaba de entrar en vigor el 25 de Mayo de 2018, y que supone un cambio en la materia de protección de datos. Su amplio alcance es aplicable a cualquier organización que maneje información privada de ciudadanos de la UE.

De esta forma, se impone una extensa lista de protecciones sobre esos datos, limitaciones sobre cómo se usan y la obligación de notificar y pedir el consentimiento del usuario en un amplio número de situaciones, lo que significa que las organizaciones deben comenzar ya a planificar su estrategia de cumplimiento.

El reglamento

El RGPD o GDPR (por sus siglas en inglés, “General Data Protection Regulation”) de la Unión Europea tendrá consecuencias considerables para muchas organizaciones. Al establecer la protección de datos como un derecho fundamental (no sólo como un derecho del cliente), el RGPD confiere una gran responsabilidad a todas las organizaciones que manejan datos personales de ciudadanos de la Unión Europea.

Una de las principales razones por las que el RGPD va a tener un alto impacto es la magnitud de las sanciones por incumplimiento, que pueden alcanzar hasta un 4% de los ingresos de la empresa. También puede requerirse que el aviso sobre la brecha se realice en un plazo de tiempo muy corto (72 horas) si el control sobre los datos personales se ve comprometido.

Pero independientemente de las multas, debe quedar claro que la intención principal de este reglamento es garantizar el derecho de privacidad al tiempo que se preserva la posibilidad de “libre circulación” de datos personales.

En este sentido, el RGPD no debe ser considerado como algo negativo, sino todo lo contrario, porque proporciona reglas bajo las cuales se posibilita el procesamiento de datos e información personal.

Derechos garantizados por el RGPD

El objetivo principal del RGPD es definir los Derechos de protección de datos que se van a otorgar a todos los ciudadanos de la UE. La regulación se centra en la obligatoriedad de esos Derechos.

Así, los elementos centrales del RGPD detallan una serie de Derechos con respecto a cómo se usan sus datos. La lista es extensa, pero los puntos más importantes son los siguientes:

• Las organizaciones deberán obtener el consentimiento del ciudadano para procesar sus datos, y este consentimiento debe obtenerse de una manera clara para él (no, por ejemplo, una página de texto con una casilla “Aceptar” en la parte inferior).

• Asimismo, habrán de informar al ciudadano sobre qué datos se están recopilando, con qué propósito se están utilizando, dónde se están procesando y con qué otras organizaciones podrían ser compartidos.

• También se deben aportar explicaciones de la lógica implicada en cualquier proceso automatizado que se esté realizando con los datos de una persona.

• Se reconoce el derecho a ser olvidado, es decir, a solicitar que se eliminen todos los datos sobre un individuo, al igual que se reconoce también el derecho a transferir fácilmente los datos de una organización a otra.

Este amplio conjunto de Derechos va a suponer una carga significativa para cualquier organización que maneje datos de ciudadanos de la UE.

Principios del RGPD

Más allá de los Derechos de los ciudadanos, el RGPD define un conjunto de “principios” que han de regir todo procesamiento de datos personales. Si una organización no puede demostrar que está operando bajo estas condiciones, entonces sus actividades pueden ser consideradas ilegales en el marco de la normativa.

Un principio clave es que los datos sólo pueden ser recopilados “con fines específicos, explícitos y legítimos”, lo que significa que no se acepta recopilar primero los datos y averiguar más tarde cómo se podrían utilizar. Además, sólo se podrá recopilar la cantidad mínima de datos necesaria para realizar la tarea en cuestión. Y no se podrán conservar los datos en un formato que permita una fácil identificación de las personas involucradas una vez que ya no sean necesarios para el propósito original.

Y, lo más relevante para los profesionales de la seguridad, el RGPD establece que el procesamiento debe procesarse de manera que se garantice “la seguridad, la integridad y la confidencialidad de los datos”. Estas directrices especifican que los controladores y encargados del proceso de datos deben implementar controles que aseguren

• La seudonimización y el cifrado de datos personales.

• La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad, etc… de los sistemas y servicios de tratamiento.

• La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico.

• Un proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.

Resumiendo

El nuevo Reglamento de la Unión Europea va a tener consecuencias de gran alcance para muchas organizaciones. El RGPD es una regulación emergente, y aún no está totalmente definida.

Sin embargo, la intención de la normativa respecto a la protección de datos sí está clara y, por tanto, ya se puede comenzar a planificar el cumplimiento. Es necesario diseñar y desarrollar la estrategia a seguir en áreas como clasificación de
datos, definición de alcance, políticas de uso de datos, sistemas de notificación, etc.

La combinación de estas soluciones permitirá a las organizaciones avanzar hacia el cumplimiento de la nueva ley de una manera eficiente y con los datos de los usuarios más protegidos que nunca.